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DENISIUK ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La demandada apeló sentencia que declaró inconstitucional el límite a la acumulación de prestaciones jubilatorias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 79 de la ley 18.037.

Inconstitucionalidad Cosa juzgada Jubilacion Seguridad social Pension Art 9 ley 24 463 Acumulacion de beneficios Art 79 ley 18 037

Reajustes en beneficios de jubilación y pensión derivada por aplicación del tope de acumulación de beneficios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 79 de la ley 18.037 y del art. 9 de la ley 24.463, en tanto su aplicación provoca una merma que resulta confiscatoria en el caso. La Cámara señaló que la jurisprudencia ha establecido que la pretensión de los organismos de encuadrar el caso en el art. 79 de la ley 18.037, acumulando las prestaciones y aplicando el límite legal, conduce a privar al beneficiario de una de las prestaciones a las que tiene derecho, y no se ajusta a lo resuelto con fuerza de cosa juzgada por la CSJN. En cuanto a costas, se impusieron a la vencida (ANSES) en la alzada, de conformidad con lo establecido en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

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