BASALO RICARDO Y OTRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores demandaron la incorporación en el haber de retiro de los aumentos dispuestos por el decreto 1305/12. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y admitió la demanda.
¿Quién es el actor?
Basalo Ricardo y otro
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación en el haber de retiro de los aumentos dispuestos por el decreto 1305/12 para el personal civil de inteligencia de los organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y admitió la demanda. Consideró que los suplementos "por responsabilidad jerárquica" y "por administración del material" establecidos por el decreto 1305/12 para el personal militar deben ser incluidos en el cálculo del "haber mensual" del grado de Coronel, que es la unidad de referencia para determinar la remuneración base del personal civil de inteligencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 28 del decreto 1088/03 establece que la remuneración base del personal civil de inteligencia se calcula sobre la base del "haber mensual del grado de Coronel o sus equivalentes".
- Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, los suplementos del decreto 1305/12 deben considerarse parte integrante de la remuneración y del "haber mensual" del personal militar, por lo que corresponde incluirlos en el cálculo de la remuneración base del personal civil de inteligencia.
- La inclusión de estos suplementos no puede implicar que la remuneración base supere el haber mensual del grado de Coronel, por lo que en caso de que los actores perciban una suma fija transitoria, esta debe ser absorbida por el incremento de sus remuneraciones.
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