NICORA ERNESTO ADOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El organismo demandado apeló una sentencia que declaraba la inconstitucionalidad de normas sobre movilidad jubilatoria. La Cámara revocó parcialmente la sentencia, ordenando el pago de diferencias por la aplicación de los decretos de emergencia solo por dos meses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El beneficiario Nicora Ernesto Adolfo demandó a ANSES reclamando el reajuste de su jubilación con base en la inconstitucionalidad de normas sobre movilidad. En primera instancia se hizo lugar a la demanda. En apelación, el tribunal revocó parcialmente la sentencia recurrida. Por un lado, confirmó el rechazo al planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, siguiendo los votos disidentes de los Dres. Fantini y Dorado en fallos previos. Sin embargo, respecto a la impugnación de la Ley 27.541 y los decretos dictados en ese marco, el tribunal ordenó a ANSES abonar las diferencias entre la movilidad percibida y la que hubiera correspondido aplicar, pero sólo para los meses de enero y febrero de 2021. A partir de marzo de 2021 se aplicará la nueva Ley 27.609. Las costas de Alzada fueron impuestas a la demandada vencida, siguiendo la jurisprudencia de la CSJN.
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