FLEUREAU ENRIQUE EDUARDO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor demandó el reconocimiento de suplementos militares con carácter remunerativo y bonificable. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó incorporar los suplementos al haber mensual del recurrente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Enrique Eduardo Fleureau demandó al Ministerio de Defensa para que se le reconozca el derecho a percibir los suplementos creados por el Decreto 1305/2012 con carácter remunerativo y bonificable. La Cámara confirmó que los suplementos "por responsabilidad jerárquica" y "por administración de material" tienen carácter general, remunerativo y bonificable, por lo que deben ser incorporados al haber mensual del recurrente en situación de retiro. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema que estableció que estos suplementos comportan un aumento generalizado de la remuneración del personal militar en actividad, por lo que deben computarse en el cálculo del haber de retiro. La Cámara también destacó que el Decreto 780/2020 suprimió posteriormente estos suplementos, por lo que a partir de esa fecha deberá estarse a lo allí dispuesto.
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