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TORLASCO, HORACIO LUIS Y OTRO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó incorporar al haber de retiro los suplementos creados por decretos. La Cámara Federal confirmó la incorporación de los suplementos, pero revocó parcialmente la sentencia respecto al plazo de prescripción.

Prescripcion Personal policial Haber de retiro Suplementos remunerativos Decretos 1 322 06 y 2 140 13

Incorporación al haber de retiro de los suplementos creados por los decretos 1.322/06 y 2140/13

¿Qué se resolvió?


- Se confirma la incorporación de los suplementos al haber de retiro, de acuerdo a la jurisprudencia del precedente "Juárez" y "Bosso"
- Se revoca parcialmente la sentencia en cuanto al plazo de prescripción, estableciéndose el plazo de 2 años hacia atrás desde la interposición de la demanda o solicitud administrativa

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Decreto 1.322/06 y 2.140/13 otorgaron suplementos remunerativos y bonificables al personal policial, que deben incorporarse a los haberes de pasividad
- Respecto al plazo de prescripción, corresponde aplicar el criterio de la Sala I en "Musto" de 2 años hacia atrás

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