CARBALLO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El beneficiario previsional impugnó el cálculo de la movilidad de su haber. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó la inconstitucionalidad alegada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Sr. Carballo Antonio, demandó a la ANSES solicitando el reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la acción. La Cámara consideró que, en atención a la fecha de otorgamiento del beneficio (12/08/2019), resultaban aplicables las disposiciones de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609 sobre movilidad jubilatoria. Rechazó la alegada inconstitucionalidad de dichas normas, al entender que se encuentran justificadas las medidas de emergencia previstas por el Congreso. Asimismo, la Cámara señaló que a partir de la entrada en vigencia de la ley 27.609 (05/01/2021), la movilidad prevista en la ley 27.426 quedó sustituida, por lo que no correspondía aplicar esta última ley con posterioridad a esa fecha. Finalmente, la Cámara reguló los honorarios de la letrada de la parte actora en el 30% de lo regulado en la instancia anterior.
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