GARCIA CLARA ERNESTA c/ ANSES s/PENSIONES
La actora promovió demanda para obtener el beneficio de pensión como conviviente del causante. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda y rechazó la misma al considerar que no se encontraba acreditada la convivencia por el plazo mínimo exigido.
¿Quién es el actor?
Sra. Clara Ernesta García
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Obtener el beneficio de pensión como conviviente del Sr. Oscar Posse fallecido el 17/1/2020.
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda y rechazó la misma.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que si bien el Código Civil y Comercial de la Nación (CCC) establece un plazo de convivencia de 2 años para acceder a los derechos de la unión convivencial, en materia previsional rige el plazo de 5 años previsto en el art. 53 de la Ley 24.241.
- Sin embargo, aplicando el principio de la norma más favorable, la Cámara entendió que correspondía aplicar el plazo de 2 años del CCC.
- No obstante, concluyó que en el caso no se encontraba suficientemente acreditada la convivencia por el plazo de 2 años exigido, dado que la prueba aportada no resultó convincente para demostrar el carácter público, notorio, estable y permanente de la relación.
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