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URRA IRMA ELVIRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora cuestionó diversos aspectos del cálculo de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia y ordenó recalcular el haber inicial aplicando diversos índices de actualización y movilidad.

Ejecucion de sentencia Inconstitucionalidad Seguridad social Indice de actualizacion Movilidad Reajuste jubilatorio Categorias autonomas Recalculo de haber


- Actora: Irma Elvira Urra

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia y ordenó:
- Declarar la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 sobre el índice de actualización.
- Aplicar el índice RIPTE y luego la ley 26.417 para la actualización de las remuneraciones.
- Recalcular los montos de las categorías autónomas aplicando el índice "Badaro" entre 2002-2006.
- Aplicar las leyes 26.417, 27.426 y 27.609 para la movilidad del haber.
- Diferir para la etapa de ejecución el análisis de la aplicación de los arts. 9 y 26 de las leyes 24.463 y 24.241.
- Imponer las costas por su orden en la alzada. Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema declaró inconstitucional la Resolución 56/2018 que establecía el índice, lo cual se aplica también al Decreto 807/2016.
- La actualización de las remuneraciones debe realizarse aplicando el índice RIPTE y luego la ley 26.417.
- Los montos de las categorías autónomas deben ser recalculados aplicando el índice "Badaro" entre 2002-2006.
- La movilidad debe regirse por las leyes 26.417, 27.426 y 27.609.
- Los cuestionamientos a los arts. 9 y 26 de las leyes 24.463 y 24.241 se difieren para la etapa de ejecución.

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