CHAVES SUSANA GREGORIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó la actualización de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia y ordenó recalcular los montos correspondientes a la Prestación Básica Universal (PBU) y las remuneraciones por servicios autónomos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actualización del haber jubilatorio
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ambas partes. Respecto a la actualización de la PBU, ordenó aplicar los criterios establecidos por la Corte Suprema en los precedentes "Quiroga", "Sandoval" y "Pichersky", considerando el nivel general del índice de salarios del INDEC.
En cuanto a la actualización de las remuneraciones por servicios autónomos, estableció que:
- Para el período anterior a julio de 1994, deben computarse la totalidad de los años aportados, sin limitarse a los últimos 15 años.
- Entre julio 1994 y diciembre 2001, no hubo variaciones significativas en los índices salariales.
- Entre enero 2002 y diciembre 2006, procede recalcular los montos aplicando el índice "Badaro".
- A partir de 2007, deben incorporarse los aumentos previstos en la normativa vigente hasta la fecha de adquisición del beneficio.
- Para las cotizaciones a partir de 2009, corresponde aplicar la actualización prevista en la normativa.
La Cámara diferió para la etapa de ejecución de sentencia el análisis de la razonabilidad de los topes establecidos en resoluciones de la Secretaría de Seguridad Social.
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