LANDABURU PATRICIA MONICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES por reajustes de su beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, precisando los criterios a aplicar para el recálculo del haber.
- Actora: LANDABURU PATRICIA MONICA
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del beneficio previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, estableciendo los siguientes lineamientos:
- Para el recálculo de la PBU, se debe realizar una comparación entre el haber inicial y los aumentos generales otorgados por las leyes y decretos posteriores, a fin de determinar si hubo una merma confiscatoria.
- Respecto a las rentas de referencia de los períodos autónomos anteriores a julio de 1994, se debe considerar la totalidad de los años aportados y no solo los últimos 15. Para el período 1994-2001 no hubo variaciones significativas, mientras que para 2002-2006 corresponde actualizar por el índice "Badaro".
- A partir de 2007 se deben aplicar los aumentos generales previstos en las leyes 26.198, 26.417, 27.426 y 27.609.
- Los aportes ingresados mediante planes de facilidades de pago no serán actualizados.
- La movilidad del haber se regirá por el Decreto 899/2020, Ley 27.609 y Resolución 3/2021.
- Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241.
- La cuestión sobre la razonabilidad de los topes de la Resolución 6/2009 y 3/2021 se pospone para la etapa de ejecución de sentencia.
- Corresponde aplicar la tasa pasiva del BCRA para la actualización de las sumas.
- Respecto a la exención del impuesto a las ganancias, se aplica el criterio de la Corte Suprema sobre la protección de los jubilados como grupo vulnerable.
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