RETAMOSO MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó reajustes en el cálculo de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, aplicando la metodología de cálculo correspondiente a los aportes autónomos del afiliado.
¿Quién es el actor?
RETAMOSO MANUEL
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, aplicando la metodología de cálculo prescripta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para los aportes autónomos.
Fundamentos principales:
- Conforme al art. 24 inc. b) de la Ley 24.241, para los servicios con aportes autónomos, el haber se calcula como el 1,5% por cada año de servicios con aportes, hasta 35 años, sobre el promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en que revistó el afiliado.
- Debe aplicarse el criterio de la CSJN en "Makler, Simón", que ordena considerar todos los años y categorías efectivamente aportadas, sin límite, para reflejar adecuadamente el esfuerzo contributivo.
- El organismo deberá efectuar el cálculo conforme a los lineamientos expuestos, para determinar el haber mínimo promedio efectivamente aportado y sobre esa base calcular la renta presunta, aplicando el 1,5% por año de aportes.
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