LAMAESTRE MIRTA INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó la utilización de índices para la actualización de las remuneraciones anteriores a 2009.
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de las remuneraciones anteriores a 2009 prevista en la Ley 27.426, y ordenando su cálculo con el índice ISBIC. También revoca parcialmente la sentencia en cuanto a la aplicación de las Leyes 27.541 y 27.609, ordenando el pago de las diferencias correspondientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la actualización de remuneraciones, el tribunal declara la inconstitucionalidad de la metodología prevista en la Ley 27.426 para las remuneraciones entre 1991 y 2009, debiendo aplicarse el índice ISBIC.
- En relación a las Leyes 27.541 y 27.609, revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el pago de las diferencias entre la movilidad percibida y la que correspondía según la pauta suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero de 2021.
- Rechaza los planteos de inconstitucionalidad de las Leyes 26.417, 27.426 y 27.609, por considerar que no se acreditaron los agravios concretos.
- Impone las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
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