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RAVAZZANI MARTIN VICTORIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la ANSeS aplicar ciertos criterios para el cálculo del haber inicial.

Inconstitucionalidad Seguridad social Movilidad jubilatoria Actualizacion de remuneraciones Reajuste de haber previsional Aportes autonomos

Reajuste de la prestación previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de las remuneraciones dispuesta por la Ley 27.426 hasta el 28/2/09, debiendo aplicarse el índice ISBIC. Ordenó a la ANSeS abonar las diferencias por movilidad suspendida entre enero-febrero 2021. Difirió el tratamiento del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución. Confirmó lo demás decidido. Fundamentos principales:
- Respecto a la actualización de remuneraciones, se remite a los fundamentos expuestos en el caso "YOPOLO Miguel Ángel".
- En cuanto a los aportes autónomos, corresponde aplicar la doctrina de la CSJN en "Makler" considerando todos los años y categorías aportadas.
- Sobre la Ley 27.541 y decretos, se remite a los precedentes "Torelli", "Rojas" y "Carabajal".

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