MENDILAHARZU PEDRO ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó reajustes en su beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del método de actualización de remuneraciones dispuesto por la Ley 27.426.
Reajustes varios en beneficio previsional
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró inconstitucional el método de actualización de remuneraciones dispuesto por el art. 3 de la Ley 27.426 para los períodos comprendidos entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009, debiendo aplicarse el índice ISBIC. Confirmó lo demás decidido en la instancia anterior.
Los fundamentos principales son:
- Respecto a la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, la Cámara siguió el criterio sostenido en el precedente "Yopolo", declarando la inconstitucionalidad del método previsto en la Ley 27.426 y ordenando la aplicación del índice ISBIC.
- En cuanto a los aportes autónomos, la Cámara aplicó la doctrina de la CSJN en "Makler" y de precedentes propios, estableciendo que deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas.
- Respecto a la Prestación Básica Universal, la Cámara rechazó el agravio de la ANSES, confirmando lo resuelto en primera instancia.
- Sobre la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 de la Ley 27.426 planteada por el actor, la Cámara desestimó dicho planteo, remitiéndose a precedentes propios.
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