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DIAZ JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes en su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, manteniendo los criterios aplicados sobre la actualización de la movilidad y el encuadre legal del beneficio.

Ley 24 241 Movilidad jubilatoria Reajustes previsionales Actualizacion pbu Limite prestacional

Reajustes en prestación previsional otorgada bajo Ley 24.241

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha establecido que para analizar la actualización de la PBU, se debe evaluar la incidencia concreta de la falta de incrementos sobre el haber inicial, constatando si existió una merma confiscatoria, lo cual debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia.
- Respecto a la movilidad posterior al logro del beneficio, se aplica lo normado por las Leyes 26.417, 27.426, 27.609 y modificatorias.
- El rechazo de la aplicación del IPC se funda en que la garantía constitucional del art. 14 bis deja librado el procedimiento al criterio legislativo.
- La razonabilidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 sobre el límite del cálculo de la prestación fue avalada por el precedente "Gualtieri".
- Los honorarios de la actora se regulan en el 30% de lo que se fije en primera instancia.

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