LEZCANO ELVIRA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La beneficiaria promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia en cuanto a la forma de calcular la actualización de la PBU.
¿Quién es el actor?
Elvira Graciela Lezcano
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que el análisis sobre la posible confiscatoriedad derivada de la falta de actualización de la PBU debe realizarse en la etapa de ejecución de sentencia, comparando el haber inicial total que percibe el beneficiario. Asimismo, difirió el análisis sobre la razonabilidad de la aplicación del art. 9 de la Ley 24.463 para la etapa de ejecución. En cuanto a la exención de impuesto a las ganancias, aplicó el criterio sentado por la CSJN en "García, María Isabel" sobre la vulnerabilidad de los jubilados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha establecido que para analizar la posible confiscatoriedad por falta de actualización de la PBU, se debe examinar su incidencia sobre el haber inicial total.
- La comparación para determinar la confiscatoriedad debe realizarse sobre el haber inicial total del beneficiario, sea que las restantes prestaciones (PC y PAP) hayan sido o no reajustadas.
- El análisis sobre la razonabilidad de la aplicación del art. 9 de la Ley 24.463 debe diferirse para la etapa de ejecución.
- Siguiendo el criterio de la CSJN en "García, María Isabel", corresponde eximir a los jubilados del pago del impuesto a las ganancias, por su condición de grupo vulnerable.
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