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DELUCHI ADOLFO ALFREDO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Trabajadores policiales reclaman inclusión de suplementos en haberes jubilatorios. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma que los suplementos tienen carácter remunerativo y bonificable.

Liquidacion Jubilacion Seguridad social Prevision presupuestaria Suplementos remunerativos Decreto n 380 17

Inclusión de los aumentos establecidos por el Decreto N°380/17 en los haberes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenando a la demandada incorporar dichos suplementos con carácter remunerativo y bonificable en los haberes de los jubilados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Decreto N°380/17 otorgó un aumento generalizado al personal policial en actividad, con una base económica significativa, por lo que reviste carácter remunerativo y bonificable y debe reflejarse en los haberes de los jubilados.
- La Cámara ha reiterado que para efectuar la previsión presupuestaria pertinente es necesario practicar y aprobar la correspondiente liquidación, al tratarse de una condena a abonar sumas ilíquidas.
- Se revoca parcialmente la sentencia en cuanto ordena incorporar y poner al pago el haber reajustado en 90 días, quedando esa obligación comprendida en las normas presupuestarias vigentes.

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