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CORDOBA FERNANDO ROQUE Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda para incorporar en su haber de retiro el adicional previsto por el decreto 380/17. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó incorporar dicho adicional al haber de retiro.

Seguridad social Policia federal Haber de retiro Decreto 380 17 Suplementos Caracter general Igualdad entre activos y pasivos


¿Quién es el actor?

Cordoba Fernando Roque y otros

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incorporación en el haber de retiro del adicional previsto por el decreto 380/17

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso, confirmando la sentencia de primera instancia que ordenó incorporar dicho adicional al haber de retiro.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El decreto 380/17 creó suplementos de carácter remunerativo y no bonificable para el personal policial en actividad, que deben ser trasladados al haber de retiro en virtud del principio de igualdad entre activos y pasivos.
- Más del 90% del personal policial en actividad percibe uno de esos suplementos, por lo que tienen carácter general y deben computarse en el haber de pasividad.
- La cuantía de esos suplementos constituye una parte sustancial de la retribución del personal en actividad, por lo que no pueden ser considerados accesorios.
- La Corte Suprema ha sostenido que las asignaciones de carácter general otorgadas al personal en actividad deben trasladarse a los haberes de retiro.

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