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EYL MONICA GISELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora apeló la sentencia de primera instancia sobre reajustes de su beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la decisión al considerar aplicables las leyes de movilidad vigentes al momento de la adquisición del derecho.

Inconstitucionalidad Indexacion Seguridad social Movilidad Ley 27 541 Beneficio previsional Ley 27 609 Ley 27 426


¿Quién es el actor?

EYL MONICA GISELA

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes de beneficio previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo que deben aplicarse las leyes de movilidad 27.426, 27.541, 27.609 y sus modificatorias vigentes al momento de la adquisición del derecho en 2018. Rechazó la declaración de inconstitucionalidad de dichas normas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 27.426 es inaplicable por la fecha de adquisición del beneficio, pero deben observarse las leyes 27.426, 27.541, 27.609 y modificatorias sobre movilidad.
- Se convalidó la constitucionalidad de la ley 27.541 de emergencia económica.
- No corresponde el reconocimiento de diferencias una vez finalizada la emergencia, dado que se validó dicha norma.
- La ley 27.609 reemplazó la movilidad de la ley 27.426 desde su entrada en vigor, por lo que no puede aplicarse ésta a partir de entonces.
- Se desestimó el planteo sobre indexación por prohibición legal de actualización monetaria.

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