BARRIENTOS PEDRO NOLASCO Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los accionantes promovieron demanda solicitando la incorporación de los suplementos creados por los Decretos 1307/2012 y 854/2013 a su haber de pasividad. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a dicho reclamo.
- Actor: BARRIENTOS PEDRO NOLASCO Y OTROS
- Demandado: MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO
- Objeto: Incorporación de suplementos creados por Decretos 1307/2012 y 854/2013 al haber de pasividad
- Decisión: Se confirma sentencia que hizo lugar al reclamo
- Fundamentos:
- Los suplementos creados por los decretos tienen carácter general y remunerativo, por lo que deben incorporarse al haber de pasividad
- Esto se sustenta en la normativa legal y en la jurisprudencia de la CSJN que establece la necesaria proporcionalidad entre el haber de actividad y de retiro
- Si bien los decretos los califican como "suplementos particulares", su pago generalizado al personal activo les otorga naturaleza salarial
- Corresponde reconocer el derecho de los accionantes a percibir los suplementos que les hubieran correspondido de continuar en actividad
- Respecto de los suplementos derogados por el Decreto 716/16, se reconoce el derecho hasta la entrada en vigencia de dicha norma
- Se desestima el agravio sobre la prescripción anual, confirmando la aplicación de la prescripción bienal
- Se confirma el plazo dispuesto para el cumplimiento de la sentencia y la imposición de costas a la demandada vencida
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