TURANO ERNESTO ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El jubilado promovió reclamo por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó al organismo previsional el pago de las diferencias entre lo percibido y lo que le hubiera correspondido con la aplicación de la ley suspendida.
Reajustes varios del haber previsional
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó al organismo previsional que abone al titular las diferencias entre lo percibido y lo que le hubiera correspondido con la aplicación de la ley suspendida, pero solo por los meses de enero y febrero de 2021, aplicando luego la nueva ley 27.609. Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la Cámara estableció que se debe calcular aplicando el índice "Badaro", y verificar si la falta de actualización genera una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria.
- Fundamentos principales: La Corte Suprema ha señalado que la correcta fijación del monto inicial de los haberes previsionales es parte esencial del carácter integral de los beneficios de la seguridad social. Por ello, corresponde analizar si la falta de aumento de uno de los componentes (PBU) genera una disminución confiscatoria al comparar el haber total con el resultado de actualizar la PBU.
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