SUAREZ GONZALEZ SILVIA IVON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor impugnó el cálculo del haber previsional inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia con algunas modificaciones relativas al cálculo de los servicios autónomos.
Impugnación del cálculo del haber previsional inicial
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la sentencia de primera instancia en cuanto a la metodología de actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial, aplicando el índice de salarios básicos de convenio previsto en la Resolución ANSES 140/95.
- Se revoca la imposición de costas a la demandada, ordenando que las mismas sean impuestas por su orden.
- Respecto al cálculo de los servicios autónomos, se seguirá la metodología establecida por la Cámara en fallos previos, que beneficia a la actora.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 en caso de que la aplicación de los topes genere una quita superior al 15% del haber.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha ratificado en los precedentes "Elliff" y "Blanco" la aplicación del índice de salarios básicos de convenio previsto en la Resolución ANSES 140/95 para la actualización de las remuneraciones.
- Respecto a los servicios autónomos, se aplicará la metodología establecida por la Cámara en fallos previos, a fin de no incurrir en reformatio in pejus.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 en caso de que su aplicación genere una quita superior al 15% del haber, conforme la doctrina de la CSJN en "Actis Caporale".
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