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SOSA MARIA NELIDA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo contra la ANSES para cuestionar la aplicación del régimen de moratoria previsto en la ley 27.705. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la exigencia de cancelar la deuda previsional en un único pago para quienes perciben un haber jubilatorio levemente superior al mínimo.

Moratoria previsional Ley 27 705 Haber minimo Principio de igualdad Derechos alimentarios Seguridad social


- Actor: María Nelida Sosa
- Demandado: ANSES
- Se reclama: Que se habilite el pago de la deuda previsional de la actora en cuotas y no en un solo pago, para que pueda acceder al beneficio jubilatorio.
- Se resolvió: La Cámara declaró inconstitucional la exigencia de pago en cuota única establecida por el art. 12 de la ley 27.705 para el caso de la actora, que percibe un haber pensionario apenas superior al mínimo. Ordenó a la ANSES que habilite el pago de la deuda en cuotas mensuales descontadas del haber y, de cumplir los requisitos, conceda el beneficio jubilatorio.
- Fundamentos principales: La Cámara consideró que la interpretación literal de la norma, que impide el acceso a la moratoria en cuotas para quienes perciben un haber levemente superior al mínimo, afecta el principio de igualdad y la protección de los derechos de seguridad social de carácter alimentario. Entendió que la ley debe interpretarse de modo favorable al reconocimiento de derechos previsionales.

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