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BAUER MAGDALENA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a ANSES ajustar la prestación del actor acorde a las pautas establecidas.

Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Actualizacion de remuneraciones Ley 27 426 Isbic Resolucion sss 6 09

Reajuste de haber previsional

¿Qué se resolvió?

Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Se declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de remuneraciones dispuesta por la Ley 27.426 para el período hasta el 28/02/2009, debiendo aplicarse el índice ISBIC. Se ordena a ANSES que reajuste la prestación del actor a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos de movilidad y lo que le hubiera correspondido de aplicarse la Ley 27.426.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para las remuneraciones hasta febrero de 2009 debe aplicarse el índice ISBIC, por ser más favorable que el dispuesto en la Ley 27.426.
- Respecto a la movilidad, corresponde el reajuste por la diferencia entre lo percibido por los decretos y lo que hubiera correspondido por la Ley 27.426, pero sólo para enero y febrero de 2021.
- Se declara la inaplicabilidad del art. 14 punto 2) de la Resolución SSS 6/09.
- En lo demás, se confirma la sentencia de primera instancia.

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