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GAJO, MARCELA MONICA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La actora apeló el rechazo de su solicitud de pensión por fallecimiento. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión y declaró que la peticionante se encuentra incapacitada en los términos de la ley.

Incapacidad Dictamen pericial Cuerpo medico forense Ley 24 241 Pension por fallecimiento

Pensión por fallecimiento (art. 49 p.4. Ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y declaró que la peticionante se encuentra incapacitada en los términos del art. 53 de la Ley 24.241. Los principales fundamentos fueron:
- El dictamen del Cuerpo Médico Forense determinó que la actora presentaba "Personalidad Borderline Grado III (severa)" con un 70% de incapacidad.
- El informe del Cuerpo Médico Forense cumple con los recaudos de una correcta pericia médica, es fundado y determina con certeza el estado de salud de la actora.
- El organismo demandado cuestionó el dictamen pero no logró rebatir científicamente sus conclusiones.
- Se encuentran acreditados los requisitos del art. 53 de la Ley 24.241 para otorgar la pensión por fallecimiento.

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