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LIBERTI ANA MARIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo contra la ANSES por el descuento efectuado sobre sus beneficios previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

Inconstitucionalidad Accion de amparo Beneficios previsionales Derechos alimentarios Tope de acumulacion


- Actora: Ana María Liberti

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese del descuento por tope de acumulación de beneficios (código 208-100) sobre dos prestaciones (jubilación y pensión) que percibe la actora.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y ordenó a la ANSES que cese el descuento efectuado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara desestimó las objeciones de la ANSES respecto a la inadmisibilidad formal del amparo y la caducidad del plazo, señalando que en materia de derechos alimentarios y de subsistencia, no cabe mantener un razonamiento ritual estricto.
- Respecto al fondo, la Cámara consideró que el artículo 9 de la Ley 24.463 que establece topes máximos para cada beneficio, no resulta aplicable a la sumatoria de dos prestaciones distintas. Ello implicaría una privación desproporcionada que afectaría el carácter alimentario de los derechos previsionales.
- Se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 de la Ley 18.037 y del tope del artículo 9 de la Ley 24.463 en la aplicación concreta al caso.

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