AZZINI MARIA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora impugnó la actualización de su prestación jubilatoria. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia y ordenó el reajuste del haber conforme la ley vigente suspendida.
Reajuste de la Prestación Básica Universal y cuestionamiento de leyes de movilidad jubilatoria
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el cálculo de la PBU pero ordenó el reajuste del haber de enero y febrero de 2021 conforme la ley suspendida 27.426, aplicando luego la nueva ley 27.609. Rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.609. La Cámara señaló que para la actualización de la PBU debe aplicarse el índice considerado por la CSJN en "Badaro" y los aumentos legales hasta la fecha de adquisición del beneficio o de sanción de la ley 26.417, lo que ocurra primero. Respecto a la ley 27.541, remitió a sus precedentes donde se pronunció sobre la validez de esa norma y los decretos dictados en su marco.
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