DELORFANELLO LEONOR ALICIA Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores reclamaron la incorporación de suplementos al haber mensual de pasividad. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordena incorporar los suplementos creados por los Decretos 1307/2012 y 854/2013 al haber mensual del personal retirado.
Incorporación de los suplementos creados por los Decretos 1307/2012 y 854/2013 al haber mensual de pasividad
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia que hace lugar al reclamo. Reconoce que los suplementos tienen carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", por lo que deben incorporarse al haber mensual del personal retirado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La generalidad con que fueron otorgados los suplementos al personal en actividad muestra su naturaleza salarial, por lo que deben computarse para el haber de pasividad.
- Existe una necesaria proporcionalidad entre el haber de retiro y el de actividad, que se vería alterada si no se trasladan los incrementos al personal retirado.
- Los decretos no pueden desnaturalizar el derecho al haber de pasividad previsto en la ley.
- Aplica doctrina de la CSJN en "Torres" y "Salas".
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