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VALENTINI IRMA HAYDEE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora interpuso recurso de apelación contra la sentencia que rechazó la inconstitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.541. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la decisión y declaró la inconstitucionalidad de la aplicación retroactiva de la ley 27.426.

Retroactividad Inconstitucionalidad Derechos adquiridos Ley de emergencia previsional Movilidad de haberes previsionales

Inconstitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.541 que modificaron la fórmula de movilidad de haberes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la aplicación retroactiva de la ley 27.426, por afectar el derecho de propiedad del actor al reducir retroactivamente los montos de movilidad que le correspondían. Sin embargo, consideró que la ley 27.541 de emergencia previsional no era inconstitucional. El tribunal señaló que si bien la ley 27.426 modificó índices correspondientes a meses ya transcurridos, ello no afectaba derechos amparados por garantías constitucionales, ya que el derecho a la movilidad se devenga y adquiere al momento de su pago, el cual se realiza semestralmente en marzo y septiembre, y no mes a mes. Por lo tanto, al entrar en vigencia la ley 27.426 antes del devengamiento y pago de la movilidad, no se configuraba una violación al derecho de propiedad. Sin embargo, la Jueza Perez Tognola emitió un voto en disidencia, declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por su aplicación retroactiva, entendiendo que afectaba la movilidad dispuesta por la ley anterior de manera perjudicial y confiscatoria para el beneficiario.

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