ORELLANA CEFERINO NERIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes en el cálculo de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia y ordenó aplicar el índice de actualización de remuneraciones establecido por la Corte Suprema de Justicia.
Actor: ORELLANA CEFERINO NERIO Demandado: ANSES Objeto de la demanda: Reajuste en el cálculo del haber previsional Decisión del tribunal: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó que las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial se actualicen según lo resuelto por la CSJN en los fallos "Elliff Alberto c/ ANSeS" y "Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS", hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, y a partir de allí se aplique el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de dicha ley. No hizo lugar a la aplicación del Decreto 807/16 ni la Resolución SSS 56/2018, por no corresponder al momento de adquisición del beneficio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La CSJN confirmó en reiterados precedentes la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción -promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la ANSeS, para la actualización de las remuneraciones.
- El beneficio del actor se adquirió con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 26.417, por lo que a partir de esa fecha corresponde aplicar el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de dicha ley.
- No corresponde aplicar el Decreto 807/16 y la Resolución SSS 56/2018 por no estar vigentes al momento de adquisición del beneficio.
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