VULCANO LILIANA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma parcialmente la sentencia de primera instancia sobre reajuste del haber jubilatorio, ordenando el pago de las diferencias por movilidad de enero y febrero de 2021.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordena al ANSES abonar las diferencias entre la movilidad percibida y la que le hubiera correspondido según la pauta suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero de 2021, y a partir de marzo de 2021 aplicar la nueva ley 27.609.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara coincide con la sentencia de grado, excepto en lo referido a la aplicación de la Ley 27.541 y los decretos dictados en su consecuencia. Sobre este punto, remite a lo resuelto en otros expedientes donde se pronunció en el mismo sentido que el voto en disidencia del Dr. Fantini. Se rechazan los restantes agravios de la demandada por no ajustarse a lo decidido en primera instancia. Se confirma la imposición de costas a la demandada, de acuerdo a la doctrina de la CSJN sentada en "Morales Blanca Azucena".
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