GOMEZ JOSE HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y ordenó al organismo demandado que reajuste el haber conforme a la movilidad prevista en la legislación.
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la aplicación del índice ISBIC para la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial. Respecto a la Prestación Básica Universal, aplicó el índice "Badaro" y los aumentos por ley 26.198 y decretos 1346/07 y 279/08. Revocó parcialmente en lo relativo a la aplicación de la ley 27.541, ordenando el pago de las diferencias entre lo percibido por los decretos que suspendieron la movilidad y lo que correspondía por la ley 27.426, desde enero 2021 y luego aplicar la ley 27.609.
Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema ha ratificado la aplicación del índice ISBIC sin limitación temporal en los precedentes "Elliff" y "Blanco".
- Respecto a la PBU, no corresponde limitar su actualización a una fecha de adquisición del beneficio, sino evitar su confiscatoriedad.
- La inconstitucionalidad de la ley 27.426 ya fue desestimada por la Sala en un antecedente similar.
- Corresponde diferir el análisis del art. 26 de la ley 24.241 para la etapa de ejecución.
- Es procedente la prescripción bienal dispuesta en primera instancia.
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