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BELLIDO GUZMAN ANTONIO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor impugnó la aplicación de leyes que reducían la movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el reajuste del beneficio.

Intereses Prescripcion Inconstitucionalidad Seguridad social Movilidad Ley 26 417 Ley 27 426 Reajuste de haber previsional Decretos de suspension

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Antonio José Bellido Guzmán, demandó a la ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional. El juez de primera instancia rechazó la demanda. En la apelación, la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social se dividió en el voto. El Dr. Fantini propuso confirmar la sentencia de primera instancia, mientras que la Dra. Dorado y el Dr. Carnota votaron por revocarla parcialmente. La Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y ordenó a la ANSES que reajuste la prestación del actor a enero de 2021, tomando en cuenta la diferencia entre lo percibido por los decretos que fijaron la movilidad suspendida y lo que le hubiera correspondido con la Ley 26.417. A partir de marzo de 2021 se aplicará la nueva Ley 27.609. También se impusieron intereses, se declaró la prescripción de sumas anteriores a 2 años del reclamo administrativo y se fijaron costas a cargo de la ANSES.

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