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GRANERO RUBEN ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor interpuso demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia, confirmando lo resuelto respecto a la actualización de las remuneraciones y la Prestación Básica Universal, y revocando lo decidido sobre la aplicación de las leyes 27.541 y 27.609.

Intereses Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Ley 27 541 Prestacion basica universal Actualizacion de remuneraciones Ley 27 609 Reajustes previsionales


¿Quién es el actor?

Granero Rubén Antonio

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó lo resuelto sobre la actualización de las remuneraciones y de la Prestación Básica Universal. Revocó lo decidido sobre la aplicación de las leyes 27.541 y 27.609. Declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de que la aplicación de los topes sobre el haber previsional genere una quita superior al 15%. Confirmó la exención del impuesto a las ganancias y la aplicación de la tasa pasiva promedio del BCRA para el cálculo de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En relación a la actualización de las remuneraciones, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha convalidado el uso del Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción.
- Respecto a la Prestación Básica Universal, la Cámara consideró que el precedente "Quiroga" de la CSJN no limitaba su actualización a una fecha determinada de adquisición del beneficio.
- Sobre la ley 27.541, la Cámara ordenó el reajuste del haber previsional conforme a lo establecido en dicha norma.
- En cuanto a la ley 27.609, no se hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad al no acreditarse un perjuicio concreto.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de que la aplicación de los topes genere una quita superior al 15% del haber.
- Se confirmó la exención del impuesto a las ganancias y la aplicación de la tasa pasiva promedio del BCRA para el cálculo de intereses.

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