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CALDARA JORGE ALFREDO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor demandó la incorporación del Suplemento por Zona al rubro sueldo. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma el rechazo de la demanda, al considerar que dicho suplemento tiene carácter particular y no forma parte del sueldo.

Remuneracion Personal militar Corte suprema de justicia de la nacion Sueldo Ley 19 101 Suplemento por zona Resolucion 1459 93

Incorporación del "Suplemento por Zona" previsto en la Ley 19.101 y la Resolución 1459/93 del Ministerio de Defensa al rubro "sueldo" con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

Se confirma el rechazo de la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha fallado que los suplementos creados por el Decreto 2769/93 y la Resolución 1459/93 no han sido otorgados con carácter generalizado, sino de manera particular, y que por participar de la naturaleza de compensación de ciertos gastos, no deben ser computados como sueldo.
- La jurisprudencia de la Corte Suprema continúa vigente, por lo que no corresponde apartarse de dicha doctrina.

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