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VEGA MONICA INES c/ ANSES s/PENSIONES

La actora promovió demanda por pensión por fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia con algunas modificaciones.

Plazo de prescripcion Ley 24 241 Pension por fallecimiento Ley 24 463 Plazo de cumplimiento de sentencia Acreditacion de servicios


¿Quién es el actor?

Mónica Inés Vega

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener el beneficio pensionario por fallecimiento de su cónyuge

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia con algunas modificaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha sostenido que si el causante se encontraba formalmente afiliado al régimen de seguridad social y aportaba regularmente al momento de su fallecimiento, corresponde aplicar el art. 53 inc. a) de la Ley 24.241, que reconoce el derecho a la viuda a obtener la pensión por muerte del afiliado en actividad.
- La solicitud de acreditación de servicios en la Caja de Previsión provincial no puede oficiar de acto interruptivo del curso de la prescripción, ya que la demora le es ajena al organismo de gestión, por lo que se rechaza la modificación de la fecha inicial de pago.
- Respecto del plazo de 45 días fijado en la sentencia, al no tratarse de un supuesto de reajuste de haberes, sino del simple otorgamiento de un beneficio previsional, se declara inaplicable la disposición de la Ley 24.463 modificada por la Ley 26.153 que establece un plazo de 120 días.

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