ODRIOZOLA ROMAN BAUTISTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, exceptuando al actor del pago del impuesto a las ganancias.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, con excepción de la exención del impuesto a las ganancias, que se confirmó.
Fundamentos principales:
- La actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial se hará conforme lo dispuesto en la Ley 27.609, aplicando un índice combinado entre el previsto en la Ley 27.260 y el RIPTE.
- Respecto a la Prestación Básica Universal (PBU), se deberá analizar en la etapa de liquidación de la sentencia si su insuficiente actualización produce una disminución confiscatoria del haber total del actor.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 si en la liquidación se acredita que la aplicación de los topes genera una quita superior al 15% del haber.
- Se confirma la exención del impuesto a las ganancias, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN.
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