MEDINA NELIDA DEL PILAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando ajustar la Prestación Básica Universal conforme a la doctrina de la Corte Suprema.
Reajuste de prestación previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando ajustar la Prestación Básica Universal (PBU) de acuerdo a la fórmula establecida por la Corte Suprema en el precedente "Badaro", a fin de verificar si la falta de actualización genera una diferencia confiscatoria en el haber final. Asimismo, declaró la inconstitucionalidad del artículo 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de que la aplicación de los topes genere una quita superior al 15% del haber. Por último, confirmó la inaplicabilidad del artículo 14 punto 2) de la Resolución SSS 6/09, y remitió al precedente "Linares Quintana" respecto del artículo 79 de la Ley 18.037.
Fundamentos principales:
- La Cámara hizo énfasis en el carácter integral de los beneficios de la seguridad social y la necesidad de mantener una relación justa con la situación de los activos, por lo que debe evaluarse si la falta de actualización de la PBU genera una diferencia confiscatoria en el haber final.
- Aplicó la fórmula establecida en los precedentes "Battipede" y "Berardi" para calcular la incidencia de la PBU sobre el haber total.
- Declaró la inconstitucionalidad del artículo 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de que la aplicación de los topes genere una quita superior al 15% del haber, conforme a la doctrina de la Corte Suprema.
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