ALLENDE OSVALDO WALTER Y OTROS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El personal militar y civil del Servicio Penitenciario Federal reclamó la incorporación de suplementos y bonificaciones del Decreto 243/15 a su haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó que dichos suplementos y bonificaciones tienen carácter remunerativo y bonificable, y deben ser incorporados al haber mensual de los jubilados.
Incorporación al haber de retiro de los suplementos y bonificaciones creados por el Decreto 243/15
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar al reclamo y ordenó incorporar dichas asignaciones al haber mensual de los jubilados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Decreto 243/15 creó suplementos y bonificaciones de carácter remunerativo y bonificable para el personal del Servicio Penitenciario Federal.
- La Ley 20.416 establece que el régimen retributivo del personal penitenciario incluye sueldos, bonificaciones y todo suplemento o compensación determinado por ley o decreto.
- Conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema, las asignaciones de carácter general otorgadas al personal en actividad deben ser trasladadas al haber de retiro, a fin de preservar la proporcionalidad entre el sueldo en actividad y el haber de pasividad.
- Si bien el Decreto 243/15 intentó asignar a algunas compensaciones un carácter no remunerativo, el informe oficial presentado indica que en la práctica esas asignaciones se perciben por la totalidad del personal activo.
- Por lo tanto, los suplementos y bonificaciones del Decreto 243/15 deben ser incorporados al haber mensual de los trabajadores jubilados, con carácter remunerativo y bonificable.
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