Logo

CABAÑAS PETRONA c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los activos militares y civiles de las fuerzas de seguridad reclaman incorporar los suplementos de retiro a sus haberes, la Cámara Federal de la Seguridad Social confirma que estos suplementos tienen carácter remunerativo y bonificable.

Proporcionalidad Seguridad social Fuerzas de seguridad Haber de retiro Suplementos remunerativos Decretos 1307 2012 y 854 2013

Incorporación al haber mensual de los accionantes de las acreencias emergentes de los Decretos 1307/2012, 246/13 y 854/13 y sus modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de grado y ordena incorporar los suplementos creados por los decretos mencionados al haber mensual de los accionantes, por tener carácter general, remunerativo y bonificable. Fundamentos relevantes:
- Los suplementos creados por los decretos 1307/2012 y 854/2013 tienen carácter general, pues son percibidos por más del 90% del personal activo, por lo que deben ser trasladados al personal retirado.
- La jurisprudencia de la CSJN establece que los suplementos de carácter general otorgados al personal en actividad deben computarse para determinar el haber de pasividad, a fin de preservar la proporcionalidad entre el haber de actividad y el de retiro.
- El Poder Ejecutivo no puede, mediante normas reglamentarias, desnaturalizar el carácter remunerativo de dichos suplementos.
- Respecto a los suplementos derogados por el Decreto 716/16, se reconoce su carácter remunerativo hasta la entrada en vigencia de dicha norma.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar