SILVA ANGEL NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó la actualización del haber inicial de su jubilación. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando a la ANSES abonar diferencias de movilidad.
Actualización del haber inicial de jubilación
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la aplicación del índice de actualización dispuesto por la CSJN en "Elliff" y "Blanco" hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417.
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 si se acredita que la aplicación de topes genera una reducción confiscatoria.
- Se revoca la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426.
- Se ordena a ANSES abonar diferencias por la movilidad suspendida según Ley 27.541 y decretos, únicamente para enero y febrero de 2021.
Fundamentos principales:
- Aplicación de la doctrina de la CSJN en "Elliff" y "Blanco" para la actualización de remuneraciones.
- Declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 si genera reducción confiscatoria.
- Remisión a fallos previos sobre inconstitucionalidad de art. 2 de Ley 27.426 y aplicación de Ley 27.541.
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