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CELIE, CECILIA IVANA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La actora apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que denegó su solicitud de pensión por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó lo resuelto por la Comisión Médica al tener por válido el informe del Cuerpo Médico Forense.

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Pensión por invalidez (art. 49 p.4 ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 3, confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró no acreditado el requisito de invalidez para acceder al beneficio de pensión por fallecimiento. La Cámara consideró que el informe del Cuerpo Médico Forense, que reconoció una incapacidad laborativa del 49,92% a la fecha de fallecimiento del causante, es válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permite decidir la cuestión planteada, dado que dicho informe no ha sido conmovido por las observaciones de la parte actora. La solución adoptada por la Cámara concuerda con la jurisprudencia de la CSJN en situaciones análogas.

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