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CANCINO JOSE RAFAEL c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor, veterano de guerra, reclamó el pago del subsidio extraordinario de la Ley 22.674 y su incorporación al haber. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a los reclamos.

Personal militar Adicionales transitorios Subsidio extraordinario Haberes de retiro Ley 22 674


¿Quién es el actor?

CANCINO JOSE RAFAEL

¿A quién se demanda?

MINISTERIO DE DEFENSA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo del subsidio extraordinario de la Ley 22.674 y su incorporación al haber

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo. Los principales fundamentos fueron:
- La Ley 22.674 se aplica retroactivamente al 2 de abril de 1982, por lo que el subsidio debe calcularse a partir de esa fecha.
- Los "adicionales transitorios" de los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 tienen carácter general y deben incorporarse al haber del personal retirado, conforme la jurisprudencia de la CSJN.

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