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SANDOVAL LUJAN ROBERTO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA EMGE s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor demandó el reconocimiento de diversos beneficios de seguridad social relacionados con su participación en la Guerra de Malvinas. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y ordenó el pago retroactivo de los beneficios, con intereses.

Intereses Indemnizacion Incapacidad Retroactividad Carga dinamica de la prueba Subsidio extraordinario Pension graciable Malvinas


¿Quién es el actor?

SANDOVAL LUJAN ROBERTO

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA EMGE

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de Pensión Graciable (Ley 24.310), Subsidio Extraordinario (Ley 22.674) y beneficio del art. 76 inc. 3 ap. c de la Ley 19.101.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al reclamo. Reconoció la relación causal entre las incapacidades del actor y su participación en Malvinas. Ordenó el pago retroactivo de los beneficios, con intereses. No obstante, revocó la sentencia en cuanto a la retroactividad de la Pensión Graciable de la Ley 24.310.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que si bien las incapacidades del actor estaban probadas, no se había acreditado el nexo causal con Malvinas. Sin embargo, aplicó la doctrina de la carga dinámica de la prueba. Respecto al Subsidio Extraordinario y la indemnización de la Ley 19.101, determinó que correspondía pagarlos retroactivamente a la fecha del hecho generador (2/4/1982 y baja del actor, respectivamente). En cuanto a los intereses, aplicó la jurisprudencia de la CSJN.

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