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ACOSTA VICENTE c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó el pago de los suplementos creados por el decreto 1307/12. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia y consideró que dichos suplementos tienen carácter remunerativo y deben ser incluidos en los haberes del personal militar en pasividad.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, VICENTE ACOSTA, demandó al MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO por el reclamo del pago de los suplementos creados por el decreto 1307/12 y sus modificatorias. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 1, confirmó la sentencia de primera instancia que había reconocido el derecho del actor a percibir dichos suplementos. En sus fundamentos, la Cámara indicó que en un precedente del Tribunal Superior (Camejo, Ricardo Esteban y otros) se había concluido que los suplementos creados por el decreto 1307/12 tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben ser reflejados en los haberes del personal militar en pasividad. Por ende, corresponde confirmar la sentencia apelada.

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