PELOSO CARLOS ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La ANSES apeló la sentencia que ordenó el reajuste del beneficio previsional del actor. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia y estableció los lineamientos para efectuar el recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU).
El Sr. Peloso Carlos Alfredo promovió demanda contra la ANSES por reajustes de su beneficio previsional otorgado el 19/10/2021 bajo la ley 24.241 modificada por la ley 27.426. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Estableció que el análisis de la confiscatoriedad de la PBU debe realizarse en la etapa de ejecución de sentencia, comparando el haber inicial total percibido por el jubilado. Si el haber de la PC y PAP no fueron reajustados, ese valor sin reajuste debe constituir el parámetro de comparación. Ordenó que las costas se impongan por su orden en ambas instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha establecido que para determinar la confiscatoriedad debe analizarse la incidencia de la falta de reajuste de uno de los componentes del haber jubilatorio sobre el total percibido. Este análisis debe hacerse en ejecución de sentencia.
- Si bien no hubo reajuste de las otras prestaciones (PC y PAP), el parámetro de comparación para determinar la confiscatoriedad de la PBU debe ser el haber inicial total percibido por el jubilado, sea que dicho haber haya sido reajustado o no.
- Las costas deben imponerse por su orden, tanto en primera como en segunda instancia, por la falta de contradicción.
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