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PAMPA ENERGIA S.A. c/ AFIP-DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/IMPUGNACION DE DEUDA

La empresa Pampa Energía S.A. apeló la resolución administrativa que confirmó la deuda por aportes patronales. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró abstracta la cuestión al entender que la ley 27.743 había condonado dicha deuda.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La empresa Pampa Energía S.A. apeló una resolución administrativa de la AFIP que le había impuesto una deuda de $9.788.582,41 por aportes patronales mal calculados del SIPA entre 2014 y 2016. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 2, declaró abstracta la cuestión, entendiendo que la Ley 27.743 sobre "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes" había condonado de oficio las sanciones por incumplimientos formales cometidos antes del 31 de marzo de 2024, como era el caso. Por lo tanto, al no existir ya un interés jurídico susceptible de ser tutelado, correspondía declarar abstracto el recurso de apelación. La Cámara impuso las costas por su orden, en atención a las particularidades del caso y la forma en que se resolvió.

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