ERNETA LUIS ALBERTO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó el reconocimiento de un subsidio extraordinario y la incorporación de suplementos al haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el pago del subsidio extraordinario sin intereses y la incorporación de los suplementos al haber mensual.
¿Quién es el actor?
ERNETA LUIS ALBERTO
¿A quién se demanda?
MINISTERIO DE DEFENSA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de subsidio extraordinario de la ley 22.674 e incorporación de suplementos al haber de retiro
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente. Se reconoce el subsidio extraordinario sin intereses y se ordena incorporar los suplementos del decreto 1305/12 al haber mensual del actor con carácter remunerativo y bonificable.
Fundamentos principales:
- En relación al subsidio extraordinario, la ley 22.674 establece su otorgamiento para personas con inutilización o disminución psicofísica permanente como consecuencia del conflicto con el Reino Unido en el Atlántico Sur. No corresponde aplicar intereses, ya que la ley prevé la liquidación según el haber de Teniente General vigente al momento del pago.
- Respecto a los suplementos del decreto 1305/12, la CSJN ha establecido que deben considerarse remunerativos y bonificables, ya que representan un aumento sustancial de la remuneración del personal militar. Por lo tanto, corresponde incorporarlos al haber mensual del actor.
- Las costas se imponen en el orden causado, dado el progreso parcial de la demanda.
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