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ALEKSICH LUIS ALBERTO Y OTROS c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal retirado de Prefectura Naval Argentina reclama incorporar al haber de pasividad los suplementos creados por decretos. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la decisión que hace lugar a la demanda.

Remuneracion Personal militar Prefectura naval argentina Haber de retiro Suplementos Bonificable Generalidad

Incorporar al haber mensual de pasividad los suplementos creados por los Decretos 1307/2012, 246/13 y 854/13.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda y se ordena incorporar los suplementos al haber mensual de los accionantes. Fundamentos principales:
- Los suplementos creados por los decretos tienen carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", por lo que deben incorporarse al haber mensual del personal retirado.
- La "generalidad" no implica que deban ser percibidos por la totalidad del personal activo, sino que es suficiente que sean comunes, frecuentes o usuales.
- Conforme a la legislación vigente, el haber de retiro se calcula sobre el 100% del haber mensual y suplementos generales del personal en actividad.
- El Poder Ejecutivo no puede, vía reglamentaria, transformar remuneraciones principales en accesorias ni excluir del haber mensual a una parte sustancial de las retribuciones percibidas por el personal activo.

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