MUÑIZ DURAN CARLOS MIGUEL MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor impugnó los parámetros de actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado en los aspectos apelados.
Reajuste de la Prestación Básica Universal
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de grado, que había declarado la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 en caso de que la aplicación de los topes generara una merma superior al 15% en el haber previsional (conforme doctrina de la CSJN). También se confirma la aplicación del índice dispuesto por la CSJN en "Badaro" para actualizar la PBU.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La CSJN ha enfatizado el carácter integral de los beneficios previsionales, siendo parte esencial la correcta fijación del monto inicial de los haberes.
- Corresponde analizar en la etapa de liquidación de la sentencia si la insuficiente actualización de la PBU produce una disminución confiscatoria del "total del haber inicial" con relación a la "situación de los trabajadores activos".
- Esta Sala ha resuelto que para la actualización de la PBU debe aplicarse el índice considerado por la CSJN en "Badaro" y los aumentos posteriores por ley y decretos, hasta la fecha de adquisición del beneficio o la sanción de la Ley 26.417.
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